SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA
Entre las escrituras que corren a su cargo, sírvase incorporar una de transferencia de vehículo, suscrita al tenor de las siguientes clausulas:
PRIMERA.- (DE LAS PARTES). Dirá usted Señor Notario que el señor NOMBRE, con C.I. N° .........., mayor de edad y hábil en toda forma de derecho, que en lo sucesivo se denominara VENDEDOR.
Y el señor NOMBRE con C.I. ............, mayor de edad y hábil en toda forma de derecho, que en lo sucesivo se denominara COMPRADOR.
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES). Dirá usted Señor Notario, que los señores ................., con C.I. .............., mayor de edad, hábil en toda forma derecho, es legítimo propietario de un vehículo con placa de circulación N°.........., clase: AUTOMOVIL, marca: TOYOTA, tipo: MARINO, cilindrada: 1587c.c., modelo: 1992, procedencia: JAPON, color: GUINDO, chasis: N°..........., motor N°.......... y demás características que constan en la documentación.
TERCERA.- (OBJETO Y PRECIO).- Por la presente minuta, por así convenir a sus intereses y sin que medie vicio o dolo alguno de consentimiento, se transfiere en favor del comprador el vehículo descrito en la cláusula precedente, por el precio de $US 3.500.- (TRES MIL QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS 00/100).-
CUARTA.- (EVICCION Y SANIAMIENTO).- El vehículo que se transfiere es a medio uso, el VENDEDOR, declara conocer el estado técnico, eléctrico, mecánico y de mantenimiento del vehículo, asimismo no reconoce ninguna obligación, es decir que se encuentra libre de todo gravamen, sin embargo el propietario se reata a las garantías de evicción y saneamiento conforme la Ley.
QUINTA.- (RESPONSABILIDAD POSTERIOR).- A partir de la presente fecha el único responsable civil y penalmente por el vehículo es el COMPRADOR, por lo que ante cualquier autoridad pública o privada, es responsable por su conducción y disposición.
SEXTA (CLAUSULA DE CONVERSION).- Con el solo reconocimiento de firmas y rubricas ante autoridad competente, la presente transferencia surtirá efectos como documento privado, y ante usted Señor Notario, se servirá protocolización elevarla a instrumento público, insertando las demás cláusulas de seguridad y estilo que brinden mayor solemnidad a la presente.
SEPTIMA (CONFORMIDAD).- Dirá usted Señor Notario, que nosotros, tanto vendedor como comprador, manifestamos nuestra entera conformidad con todas y cada una de las clausulas precedentes y nos comprometemos a su fiel cumplimiento.
Lugar y fecha
Nombres y firmas
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