martes, 22 de abril de 2025

DEMANDA DE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y PAGO DE SUELDOS DEVENGADOS.

 

SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE COCHABAMBA 

INTERPONE DEMANDA DE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES, PAGO DE SUELDOS DEVENGADOS.

OTROSI. - su contenido

NOMBRE, boliviana, mayor de edad con C.I. Nº ......., de profesión Ingeniera, estado civil soltera, con domicilio en .........................................ante las consideraciones de su autoridad, respetuosamente me presento, expongo pido:

ANTECEDENTES. –

1. Resulta Señor Juez, que en fecha 01 de febrero de 2021 fui contratada por la empresa ................... con oficinas administrativas en la ciudad de Cochabamba ubicado en la calle.............................................

2. Debido a que la empresa .......................... no cuenta con oficina física en el departamento de Tarija fui contratada para prestar servicios de forma virtual con el cargo de INGENIERO DE DOCUMENTACION en la ciudad de TARIJA debido a que mi persona reside en la misma, con un salario mensual de Bs. 5.500 (CINCO MIL QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS).

3. Quiero aclarar señor Juez que la empresa ............................. envió mi contrato laboral hasta la ciudad de TARIJA.

4. Posterior a ello en el mes de SEPTIEMBRE de 2021, fui promovida a un nuevo cargo y nuevas tareas como COORDINADOR DE PROYECTOS y se me incremento el salario a Bs. 6.500 (SEIS MIL QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), trabajando en horarios irregulares, excediendo en muchas oportunidades las 8 horas laborales establecidas por ley, habiendo trabajado en horarios extras que en ningún momento se me ha reconocido durante todo el tiempo trabajado en la empresa.

5. Sin embargo, señor Juez pese a que  desde el mes de SEPTIEMBRE DE 2021 mi salario fue incrementado a Bs. 6.500, debo hacerle conocer que  en el mes de ENERO DE 2022  la empresa SERTERO S.R.L arbitrariamente redujo mi salario al monto de  Bs.5.500 , sin dar ningún tipo de explicación, es por ello que ante esta determinación y con total indignación realice mis reclamos oportunos a través de correos electrónicos de fechas: 24 de octubre de 2022, 02 de enero de 2023 y 07 de julio de 2023 que adjunto a la presente demanda en donde aclaro que solo se me ha estaría cancelando el monto de Bs.5.500, siendo que mi salario real es de Bs. 6.500. Consecuentemente debido a todo ello, la empresa me adeudaría la diferencia de Bs. 1.000 desde ENERO A DICIEMBRE de 2022.

6. Del mismo modo durante la gestión 2023 ocurrió lo mencionado en el punto anterior, ya que, en los meses de ENERO, FEBRERO, MARZO Y ABRIL de 2023, se me habría cancelado la suma de Bs.5.500 dejando un saldo de Bs. 1.000 por mes.

7. A pesar de estos abusos económicos por parte de la empresa, ante mi necesidad de trabajar para poder subsistir y alimentar a mi familia, continúe trabajando y realizando mis reclamos ante mis superiores sin obtener ninguna respuesta. Sin embargo, en los meses de MAYO JUNIO, JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE de 2023 la empresa ......................... dejó de pagar mi salario en su totalidad, ante esta situación acudí a realizar mi denuncia ante el MINISTERIO DE TRABAJO, quienes emitieron la CITACION a la empresa para que su representante se apersone a sus oficinas y pudiésemos llegar a un acuerdo.

8. A dicha citación se presentó el Sr. ........................ gerente de la EMPRESA ..................... quien indica que los meses de NOVIEMBRE de 2022 a AGOSTO de 2023 mi persona no habría trabajado en ningún proyecto que por ello no me habrían pagado mis salarios, pero contradictoriamente reconoce que  me adeuda los salarios íntegros de los meses de MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO Y  SEPTIEMBRE DE 2023 (5 meses)  y que me pagaría el total de Bs. 22.000 para saldar la deuda que existe con mi persona, tal cual acredito con informe elaborado por el Ministerio De Trabajo ................................. de fecha 10 de noviembre de 2023 que adjunto a la presente. Debo observar Señor Juez, que el cálculo mencionado por el sr. José Luis era desproporcionado e irreal que iba en contra de mi interés ya que mi sueldo es de Bs. 6.500. por lo que consecuentemente no se llegó a ningún acuerdo.

9. Tras haber realizado mi denuncia ante el Ministerio De Trabajo porque me adeudan los meses mencionados, directivos de la empresa ................... tomaron represalias a causa de mi denuncia; impidiéndome continuar en mi cargo, siendo degradada al cargo de asistente del nuevo coordinador, así también entre otras acciones me bloquearon el correo corporativo con el cual mantenía contacto en relación a los clientes de la empresa. Lo cual perjudicó en gran manera el buen desarrollo de mis funciones.

10. En fecha 03 de noviembre de 2023 el responsable de Recursos humanos sr. ................... envío a mi correo electrónico memorándum de finalización de funciones, en el cual me anuncia que a partir del 15 de noviembre de 2023 dejaría de trabajar para la empresa .......................... Ante lo cual respondí aceptando tal disposición.

11. Toda vez que en fecha 15 de noviembre cesaron mis funciones y cumpliendo con la devolución de todos los elementos de los cuales fui dotada para desempeñar mis funciones (devolución de una laptop) y siendo que de manera verbal advertí ante el representante de la empresa haga efectivo el pago de los beneficios que me corresponde por ley, a la fecha hago conocer que no se me ha cancelado ni un solo boliviano por concepto de pago de beneficios sociales incluyendo los salarios de los meses restantes, es decir de OCTUBRE y NOVIEMBRE de 2023, generando la multa del 30% por omisión en el pago de los beneficios sociales, sueldos devengados y reajuste de la gestión 2022 y 2023.

12. En ese sentido para mejor comprensión del monto de beneficios sociales que se me adeuda por parte de la empresa .............................., realizo el siguiente cálculo de beneficios sociales:

CALCULO DE BENEFICIOS SOCIALES

1. DESAHUCIO Bs. 19.500

2. INDEMNIZACION DE TIEMPO TRABAJADO

2 AÑOS, 8 MESES, 15 DIAS Bs. 17.603

3. VACACIONES GESTION 2021 (15dias) Bs. 3.250 

4. VACACIONES GESTION 2022 (15dias) Bs. 3.250

5. DUODÉCIMAS DE VACACIÓN 2023 (10 días) Bs. 2.166

6. REAJUSTE DE GESTION 2022 DE Bs.5.500 A Bs 6.500

ENERO 2022 Bs. 1.000

FEBRERO 2022 Bs. 1.000

MARZO 2022 Bs. 1.000

ABRIL 2022 Bs. 1.000

MAYO 2022 Bs. 1.000

JUNIO 2022 Bs. 1.000

JULIO 2022 Bs. 1.000

AGOSTO 2022 Bs. 1.000

SEPTIEMBRE 2022 Bs. 1.000

OCTUBRE 2022 Bs. 1.000

NOVIEMBRE 2022 Bs. 1.000

DICIEMBRE 2022 Bs. 1.000

7. REAJUSTE Y SUELDOS DEVENGADOS GESTION 2023

MES DE ENERO 2023 Bs. 1.000

MES DE FEBRERO 2023 Bs. 1.000

MES DE MARZO 2023 Bs. 1.000

MES DE ABRIL 2023 Bs. 1.000

MES DE MAYO 2023 Bs. 6.500

MES DE JUNIO 2023 Bs. 6.500

   MES DE JULIO 2023 Bs. 6.500

MES DE AGOSTO 2023 Bs. 6.500

MES DE SEPTIEMBRE 2023 Bs. 6.500

MES DE OCTUBRE 2023 Bs. 6.500

MES DE NOVIEMBRE (15 DIAS) Bs. 3.250

8. DUODECIMA AGUINALDO GESTION 2023

(10 MESES, 15 DIAS) Bs. 5.687,40

9. RECARGO DE PAGO DOBLE POR RETRASO 

O INCUMPLIMIENTO DEL AGUINALDO Bs. 5.687,40

SUB TOTAL Bs. 115.393,8

Pago del 30% de multa DEL TOTAL de acuerdo al D.S.28699 DE 01 de mayor de 2006

Bs. 34.617,9

TOTAL, GENERAL 

Son Bs. 150.011,7 (CIENTO CINCUENTA MIL ONCE 70/100 BOLIVIANOS)

por todo lo expuesto es que interpongo la demanda de beneficios sociales y pago de sueldos devengados.

FUNDAMENTOS JURIDICOS. -

A. Siendo que los DERECHOS LABORALES son considerados como el conjunto de ingresos consolidados que el trabajador adquiere a partir del tercer mes cumplido de trabajo continuo e interrumpido A.S Nº98 de fecha 27 de junio de 1977, como la indemnización por tiempo de servicios, desahucio si corresponden aguinaldo, vacaciones, bono de antigüedad, sueldos devengados, primas y otros derechos generados directamente por la relación laboral y plasmada en la ejecución del trabajo en el tiempo y a que su conclusión el empleador está en la obligación de cancelarlos dentro del plazo establecido por ley

B. Así mismo el Art.13 de la Ley General de trabajo que establece: “Cuando fuere retirado el empleado u obrero por causal ajena a su voluntad, el patrono estará obligado independientemente del desahucio a indemnizarle por el tiempo de servicio, con la suma equivalente a un mes de sueldo o salario por cada año de trabajo continuo” norma que es por demás clara y precisa.

C. De igual modo, los Art.46, Art. 48 de la Constitución Política del Estado establece I. “las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio”, II. “las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral, de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la de la trabajadora y del trabajador. III. “LOS DERECHOS Y BENEFICIOS RECONOCIDOS A FAVOR De las trabajadoras y trabajadores no pueden renunciarse y son NULAS toda la convención contraria o que tiendan a burlar sus efectos. IV. Salarios y sueldos devengados, derechos laborales, beneficios sociales y aportes a la seguridad social no pagados tienen privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreencia y son inembargables e imprescriptibles”

D. Art. 2 del D.S.Nº28699 del 1 de mayo de 2006 “De conformidad al Artículo Primero de la Ley General del Trabajo, que determina de modo general los derechos y obligaciones emergentes del trabajo asalariado, constituyen características esenciales de la relación laboral: a) La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto al empleador. b) La prestación de trabajo por cuenta ajena. c) La percepción de remuneración o salario., en cualquiera de sus formas y manifestaciones”

E. Igualmente el Art. 9 del D.S.Nº28699 del 1 de mayo de 2006, que en la actualidad reglamenta el plazo para el pago de beneficios sociales y derechos laborales del trabajador establece, que el pago de Beneficios Sociales y sueldos devengados o derechos colaterales, deberá ser cancelado por el empleador en el plazo impostergable de quince (15 días) calendario, pasado el plazo indicado y para efectos de mantenimiento de valor correspondiente, el pago de dicho monto será calculado y actualizado en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV´s) desde la fecha de despido del trabajador asalariado hasta el día anterior a la fecha en que se realice el pago del finiquito, en caso que el empleador incumpla su obligación en el plazo establecido se pagara una multa en beneficio del trabajador consistente en el 30% del monto a cancelarse.

F. Art. 16 de la ley general del trabajo que indica “Art. 16º No habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando exista una de las siguientes causales: a) Perjuicio material causado con intención en los instrumentos de trabajo; b)Revelación de secretos industriales; Omisiones o imprudencias que afecten a la seguridad o higiene industrial; d)Inasistencia injustificada de más de seis días continuos ( D.S. 1592,de 19 de abril de 1949); e) Incumplimiento total o parcial del convenio; f) Retiro voluntario del trabajador; g) Robo o hurto por el trabajador. 

G. Artículo 9° del Reglamento a la ley general del trabajo que dice “No habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando exista una de las siguientes causales: a) Perjuicio material causado con intención en las máquinas, productos o mercaderías; b) Revelación de secretos industriales; c) Omisiones o imprudencias que afecten a la higiene y seguridad industriales; d) Inasistencia injustificada de más de tres días consecutivos o más de seis en el curso del mes. E) Incumplimiento total o parcial del contrato de trabajo o del reglamento interno de la empresa; f) Retiro voluntario del trabajador antes de los términos fijados en el artículo 13 de 1a ley o en el contrato; g) Abuso de confianza, robo o hurto por el trabajador; h) Vías de hecho, injurias o conducta inmoral en el trabajo; i) Abandono en masa del trabajo, siempre que los trabajadores no obedecieran a la intimación de la autoridad competente.

PETITORIO. -

Por lo brevemente expuesto  siendo que no habría incurrido en ninguna de las causales de despido establecido en los artículos mencionados y que hasta la fecha no se ha cumplido con el pago de mis beneficios sociales, habiendo transcurrido el plazo límite desde que cesó la relación laboral con mi empleador, en el marco de lo que establece el art, 48 de la constitución política del estado plurinacional de Bolivia, Art. 4,10,13,44 y 53 de la ley general del trabajo ,Art.2,9 del decreto supremo 28699 de 1 de mayo de 2006 así como las demás normas conexas a la actual vigencia INTERPONGO DEMANDA DE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES POR DESPIDO INJUSTIFICADO, PAGO DE REAJUSTE DE LA GESTION 2022 Y 2023,PAGO DE SUELDOS DEVENGADOS DE LOS MESES DE MAYO, JUNIO, JULIO,AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y NOVIEMBRE DE 2023, , PAGO DE DUODECIMAS DE VACACIONES, PAGO DE DUODECIMAS DE AGUINALDO, PAGO DE DOBLE AGUINADO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A LA FECHA LIMITE, acción judicial que Interpongo en contra de SR. ...................................... mayor de edad, hábil por derecho, con CI ........................... Quien es representante legal de la empresa ............................, por lo que Solicito se DECLARE PROBADA MI DEMANDA Y EN CONSECUENCIA ORDENE EL PAGO DE MIS BENEFICIOS SOCIALES, SUELDOS DEVENGADOS Y REAJUSTE DE SALARIO por el importe de Bs. 150.011,70(CIENTO CINCUENTA MIL ONCE 70/00 BOLIVIANOS) sea con las formalidades de ley.

OTROSI 1.- ADJUNTO EN CALIDAD DE PRUEBA DOCUMENTAL:

1. Fotocopia de Cedula de identidad de la demandante

2. Croquis de domicilio de la demandante que se encuentra en la ciudad de TARIJA.

3. Croquis de la empresa ............................. ubicado en la ciudad de COCHABAMBA y fotografía de la fachada.

4. Copia de correos electrónicos de fechas 04 de octubre de 2021, 15 de febrero de 2022, 24 de octubre de 2022,02 de enero de 2023, 07 de julio de 2023, 02 de octubre de 2023, que respalda mi solicitud y reclamo al demandado sobre los sueldos devengados, reajuste del salario y la reiterada aclaración de que mi sueldo es de Bs. 6.500, misma que no es objetada ni respondida por la parte contratante.

5. Copia de correo electrónico de fecha 23 de octubre de 2023 en la que fui removida de mi cargo como acto de represalia por los directivos por haberles interpuesto una denuncia ante el Ministerio de trabajo.

6. Copia de informe del Ministerio De Trabajo ..................................... de fecha 10 de noviembre de 2023.

7. Copia de correo electrónico de fecha 24 de octubre de 2023 con memorándum de llamada de atención, como represalia por haber denunciado ante el Ministerio de Trabajo

10.Copia de memorándum de FINALIZACION DE SERVICIOS de fecha 03 de noviembre de 2023 en la cual se me comunica que a partir del 15 de noviembre seria retirada de la empresa sin justificación alguna, lo que demuestra que mi retiro fue intempestivo.

OTROSI 2.- OFREZCO EN CALIDAD DE PRUEBA TESTIFICAL a:

1. Nombre y apellidos, hábil por ley con C.I. ........................

OTROSI 3.- Señor Juez conforme establece el Artículo 42° inciso c) del código procesal de trabajo que señala que su autoridad es plenamente competente para conocer la presente causa toda vez que el contrato laboral para la que fui contratada se suscribió en la ciudad Cochabamba, por lo cual, al haberse suscrito en esta, su autoridad se constituye como competente para la presente acción.

OTROSI 4.- Solicito a su autoridad que debido a que tengo domicilio real en el departamento de TARIJA, las audiencias se realicen de forma virtual en la sustanciación y desarrollo del proceso. 

OTROSI 5.- Solicito ORDENE a la empresa .......................... con su representante legal Sra. ........................... para que certifique lo siguiente:

Certifique si los proyectos detallados a continuación corresponden a proyectos manejados por .................. para ................... y detalle las fechas de ejecución y finalización.

Proyecto MIC BO H1 2021

Proyecto RO 2021 - LTE Coverage New Sites- 

Proyecto RO 2021-Coverage700

Proyecto MIC BO H1 2021 

Proyecto RO 2021 - Modernization - Oruro&Potosi 

Proyecto RO 2021 - LTE Coverage Regulatory- 

Proyecto Swap Oruro & Potosí 2021 

Proyecto RO H1 2022 Capacity- 

Proyecto RO 2022 - LTE Coverage New Sites 

Proyecto H2 2021 FASE 1 

Proyecto H2 2021 FASE 2

Proyecto H2 2022

Proyecto MIC BO Adicional 2022 

Proyecto 3Y PLAN 

Proyecto RF OPTIMIZACION.

La presente solicitud Señor Juez, es de vital importancia para establecer que no existió pausas entre un proyecto a otro entre las empresas ..............................................., lo cual podre demostrar en audiencia la continuidad e ininterrupción de mi relación laboral.

OTROSI 6.- Solicito ORDENE a la empresa .......................... con su representante legal Sra. ............................ para que Certifique si hubiese omisiones de pago por parte de ................... a la empresa ........................... por los mencionados proyectos, así también aclarar si las omisiones de dichos pagos fueran atribuibles a causa de mi persona.

OTROSI 7.- Asimismo, solicito a su autoridad en aplicación de lo determinado por el Art 100 del código procesal del trabajo se sirva ordenar las siguientes medidas precautorias:

7.1.- Solicito la retención de cuentas ante la AUTORIDAD DE SUPERVISION FINANCIERA (ASFI)sobre las cuentas bancarias del Sr. .............................................. con CI ................. como representante legal de la empresa ............................. Así como también sobre las cuentas bancarias las cuentas bancarias de la empresa ........................... sea sobre el monto de Bs. 150.011,70(CIENTO CINCUENTA MIL ONCE 70/00 BOLIVIANOS) a cuyo efecto se emita el respectivo oficio de ley.

7.2.- Solicito la ANOTACION PREVENTIVA sobre los bienes muebles sujetos a registro (Vehículos) que pudieran encontrarse a nombre de del Sr. ............................... con CI ...................... como representante legal de la empresa .......................... Así también como los vehículos registrados a nombre de la empresa ...................... 

7.3.- ORDENE el EMBARGO de los bienes inmuebles registrados a nombre de ................................. con CI. ......................... como representante legal de la empresa .................... Así como también bienes inmuebles registrados a nombre de la empresa ........................

OTROSI 8.- Se anuncia patrocinio de la abogada Dra. ....................................... con R.P.A .........................., para efectos de notificaciones electrónicas establezco como correo electrónico ........................... y número de WhatsApp: ........................

OTROSI 9.- La abogada Patrocinante anuncia que se suscribe bajo el Arancel del Ministerio De Justicia.

OTROSI 10.- Para determinaciones señalo domicilio procesal en oficinas de su digno despacho.

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA

DEMANDANTE


viernes, 18 de abril de 2025

¿Cuántos libros tiene el Código Civil boliviano?

El derecho civil es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones jurídicas entre personas privadas o particulares, naturales e individuales o colectivas o jurídicas y en Bolivia se plasma en el Código Civil, Código Procesal Civil y Ley 439.

El Código Civil Boliviano, promulgado el 6 de agosto 1975 y puesto en vigencia el 2 de abril 1976, está sistematizado y estructurado en cinco libros, los cuales son:

  • Libro primero: De las personas individuales
  • Libro segundo: De los bienes, de la propiedad y de los derechos reales sobre la cosa ajena.
  • Libro tercero: De las obligaciones. La primera parte trata de las OBLIGACIONES y la segunda parte de la fuente de las obligaciones (DE LOS CONTRATOS).
  • Libro cuarto: De las sucesiones por causa de muerte.
  • Libro quinto: Del ejercicio, protección y extinción de los derechos.

Todo el Código Civil a su vez de subdivide en Títulos Capítulos y Artículos (1570)



Derecho civil: De las personas o sujetos de los derechos


La persona “es un ente capaz de adquirir derechos y obligaciones”. En otras palabras son los sujetos de los derechos y deberes subjetivos y, por tanto, los protagonistas de las relaciones jurídicas.

De acuerdo con el Artículo 1 del Código Civil, “el nacimiento señala el comienzo de la personalidad”, por lo que el nacimiento con vida señala el inicio legal de una persona.

Sin embargo, el código civil boliviano también protege al que está por nacer "para todo aquello que pueda favorecerle", es decir, al que está en gestación. Esto se conoce como la existencia natural de la persona, que comienza con la fecundación, siendo éste por ejemplo, un derecho sucesorio.

En ambos casos, como requisito para el perfeccionamiento de sus derechos, es nacer con vida, lo que antes se denominada derechos espectaticios.

De esta manera, la personalidad constituye la condición previa de la titularidad de los derechos y obligaciones, pues se tiene personalidad porque se es persona.

División de las personas

Las personas se dividen en personas individuales o naturales y las personas colectivas y jurídicas.

Personas individuales o naturales

Son aquellas que tienen existencia visible, objetiva, siendo de naturaleza corpórea, es decir físicas o naturales. Una persona individual obedece a cada ser humano, es por ello que es sujeto de derechos y deberes subjetivos y, por ende, puede concurrir a la formación de relaciones jurídicas.

Personas colectivas y jurídicas

Llamadas también, personas morales, ideales o ficticias, porque son creaciones de la ley y la sociedad, son aquellos que no tienen existencia corpórea ni devienen de la naturaleza, sino que su existencia se origina por una ficción de la Ley, permitida por el Estado con la finalidad de que esta clase de personas puedan llenar determinadas necesidades sociales o de grupo, por lo que se les otorga también derechos y obligaciones.

Estas ficciones de la Ley (ideales abstractos, ficticias) se constituyen en Instituciones como por ejemplo El Estado, las Universidades, las Alcaldías, las Gobernaciones, entre las personas jurídicas de existencia necesaria, sin fines de lucro; y entre las personas colectivas de existencia posible, con fines de lucro, tenemos a las empresas como la Cervecería Boliviana Nacional, PIL, etc., siendo éstas reguladas por el Código de Comercio.

Las personas colectivas se sub-dividen en públicas y privadas.

a) Las personas colectivas publicas están relacionadas con el Estado y son consideradas de “existencia necesaria” (Art. 52 del Código Civil Boliviano). Por ejemplo El Estado, La Gobernación, Universidades, etc.

b) Las personas colectivas privadas son las distintas clases de agrupaciones de individuos que se crean para determinados fines, pudiendo consistir en sociedades, asociaciones, fundaciones, etc., consideras de “Existencia Posible, sin fines de lucro o con fines económicos”.

Inicio de la personalidad

Existen dos periodos nítidamente identificables para el inicio de la personalidad y son la existencia natural o concepción y la existencia legal o nacimiento.

Así, para unos, la personalidad inicia desde el momento de la concepción, en tanto que para otros desde el nacimiento del ser, originando consecuencias jurídicas, puesto que nuestro Código Civil y Código del Niño/a Adolescente lo tomó de forma intermedia.

La existencia natural o concepción

La existencia natural empieza desde el momento en que un ser es fecundado y se extiende hasta el nacimiento con vida de la persona.

Durante este periodo, el ser está en gestación. De acuerdo con el Art. 1, II del Código Civil “al que está por nacer se lo considera nacido para todo aquello que pueda favorecerle, y para ser tenido como persona, basta nacer con vida”, surgiendo en virtud de esa disposición legal derechos espectaticios en su favor para ser ejercidos por representación a través de los padres y extinguir según el feto nazca con vida o no.

El Código del Niño/a adolescente debería haber aclarado que se considera persona al ser concebido, que por cualquier medio se encuentra en el seno materno; de todas maneras la vida en gestación se encuentra protegida por ambos códigos.

Existencia Legal o nacimiento

El Artículo 1 del Código Civil dispone que “el nacimiento señala el comienzo de la personalidad”, es decir que los derechos espectaticios del feto se concretan con su nacimiento, presumiendo el párrafo III) del Código Civil el nacimiento con vida salvo prueba lo contrario, sea que el alumbramiento se produzca por medios naturales o artificiales..

Fin de las personas naturales

La muerte es el acontecimiento natural o hecho jurídico que pone fin a la existencia humana y esta muerte puede ser real o presunta:

Muerte real

Es la muerte originada en la naturaleza humana o causada por otro y aun intencionalmente por el occiso. La muerte real se define como: “el alto de los signos vitales” o la cesación de los signos vitales.

Muerte presunta

Es aquella que declara la ley cuando ocurren determinadas circunstancias, poniendo fin a la persona individual ante la incertidumbre de su existencia (Art. 39 al 43 del Código Civil)

La muerte, real o presunta determinan una serie de consecuencias jurídicas, pues dará lugar a la apertura de la sucesión del fallecido, la disolución del matrimonio del extinto, administración de los bienes, entre otros.

Acepciones del Derecho: Derecho objetivo y derecho subjetivo


Para introducirnos en el estudio del Derecho es importante conocer dos acepciones relativas al mismo: el Derecho Objetivo y el Derecho Subjetivo.

Derecho objetivo

El Derecho Objetivo es el conjunto de normas legales positivas, vigentes en un determinado Estado, aplicables a los actos de las personas. En otras palabras, son las leyes escritas, promulgadas y vigentes en un Estado, por ejemplo el Código Civil, Código Penal, Código de Familia, etc.

Derecho subjetivo

Es la facultad que concede la Ley a un individuo, frente a otro, para hacer algo o no hacerlo. Dicho de otro modo, es la materialización de la norma que contiene el derecho objetivo, otorgando derechos al sujeto pero también obligaciones.

División del derecho subjetivo

Es Derecho Subjetivo se divide en Derechos Patrimoniales y Derechos extra patrimoniales.

Derechos patrimoniales

Los Derechos Patrimoniales son aquellos susceptibles de ser cuantificados en dinero, es decir que están dentro del comercio del hombre, de efectuar transacciones sobre ellos, por permisión de la Ley. Estos derechos se subdividen en:

a) Derechos reales, es el poder que tiene una persona existente sobre una cosa, oponible por su titular frente a terceros.

b) Derecho de las obligaciones o crédito, es el conjunto de relaciones jurídicas que generan en favor de su titular una prestación positiva o negativa de dar, hacer o no hacer , a cargo del deudor.

c) Derechos intelectuales, son las manifestaciones externas originadas en la producción del cerebro humano, cuya existencia, uso y transmisión gozan de la protección de la Ley. Entre las más importantes tenemos los libros, textos, apuntes, logos, etc.

Derechos extrapatrimoniales

Son también denominados no patrimoniales y son aquellos no susceptibles de valoración o cuantificación en dinero, por lo tanto están fuera del negocio de los sujetos. Entre ellos tenemos los Derechos de la Personalidad (Art. 21 CC), Derechos a la Protección a la vida (Art. 6 CC), Derechos a la Libertad Personal (Art. 8 CC), Derecho al Nombre (Arts. 9 al 13 CC). Derecho a la imagen (Art. 16 CC), Derecho al Honor (Art. 17 CC), Derecho a la Intimidad (Art. 18 CC)

Los 3 elementos básicos del Derecho


Los elementos básicos del Derecho son tres: Sujeto, Objeto y Relación Jurídica

Sujeto

Solamente puede ser una persona individual o colectiva definido como el “titular de los deberes y derechos subjetivos” o sea: “el ser capaz de contraer derechos o adquirir obligaciones”. El sujeto de la relación jurídica se clasifica también en sujeto activo y sujeto pasivo.

a) Sujeto activo. Es el titular de la facultad concedida por Ley.

b) Sujeto pasivo. Es el beneficiario de la prestación a la que está obligado otro individuo o la colectividad y el que está obligado frente a otro sujeto activo cumplir en su favor una determinada prestación.

Objeto

“Es aquello sobre lo que se exterioriza el diverso poder del sujeto”. Dicho de otra manera, el objeto de la relación jurídica “es el contenido del derecho subjetivo”, por ejemplo un determinado bien, una prestación debida, un negocio jurídico.

Relación jurídica

La relación jurídica es el vínculo o nexo de derecho originado en un Acto o Hecho Jurídico que liga a dos o más sujetos con una prestación o deber sobre cierto bien u objeto. Las relaciones jurídicas se ejercen únicamente entre personas y para su formación es imprescindible la existencia de dos elementos más: Sujeto y Objeto de la Relación jurídica.

Derecho Civil boliviano: La capacidad de las personas


La capacidad es la aptitud suficiente de las personas para ser sujeto activo o pasivo de las relaciones jurídicas determinadas. En otras palabras, es la aptitud legal para ser sujeto de derecho y obligaciones.

De acuerdo con el artículo 3 del código civil boliviano, los requisitos para la capacidad son: la mayoría de edad (18 años) y la sanidad mental, así, "toda persona tiene capacidad jurídica, estando limitada la misma solo en los casos determinados por Ley, pudiendo realizar por si mismo todos los actos de la vida civil, el mayor de edad."

Si existe la capacidad, también está la incapacidad como una excepción, que en determinados casos se ve limitada, como la incapacidad de obrar en razón de: SEXO, EDAD, HONOR NACIONALIDAD.

Existen dos clases conocidas como: capacidad jurídica y la capacidad de obrar

Capacidad jurídica

Según el tratadista Messineo, la capacidad jurídica “es la aptitud para ser sujeto de derechos subjetivos en general”; en tanto que para Cabanellas “es la aptitud para ser sujetos de relaciones jurídicas”.

Entonces la capacidad jurídica es la facultad para ser sujeto titular solo de derechos, desde que nacemos adquiriendo la condición de personas.

Capacidad de obrar

La capacidad de obrar es la aptitud legal para realizar por sí mismo todos los actos de vida civil, es decir, contraer obligaciones y ejercer derechos. Para ello, como ya habíamos dicho, se requiere: mayoría de edad y sanidad mental (Art. 4 del código civil).

La mayoría de edad establecida en nuestro país es la de 18 años, requisito para intervenir por propia voluntad en todos los actos jurídicos; sin embargo, a ella también se encuentra ligada la incapacidad una forma de inhabilitar a las personas en determinados derechos.

La incapacidad

La incapacidad es la falta de aptitud legal para ser sujeto de derechos y obligaciones. Se debe señalar que la incapacidad se da tanto con respecto a la capacidad jurídica como con la capacidad de obrar.

Incapacidad jurídica

La norma positiva establece algunos hechos y actos jurídicos que limitan o restringen el ejercicio de determinados derechos y a determinadas personas en razón de lo siguiente:

a) Nacionalidad. Privación de determinados derechos en razón de nacionalidad, así por ejemplo los extranjeros no pueden, bajo ningún motivo, obtener un bien inmueble dentro el radio de cincuenta Km., de las fronteras, salvo ley de necesidad emitida por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

b) El sexo. El Código de familia de Bolivia, en su Artículo 52, manifiesta que la mujer viuda, divorciada o cuyo matrimonio resulte inválido, no puede volver a casarse sino después de trescientos días de la muerte del marido, del decreto de separación personal de los esposos o de la ejecutoria de la nulidad.

c) La edad. El Artículo 44 del Código de Familia señala que los varones antes de los 16 años cumplidos y las mujeres antes de los 14 años cumplidos no pueden contraer matrimonio, salvo dispensa judicial.

d) El honor. El libro IV del Código Civil Boliviano, a partir del Artículo 1.000, regula las sucesiones por causa de muerte, reconociendo entre sus instituciones jurídicas a la DESHEREDACIÓN Y LA INDIGNIDAD.

Incapacidad de obrar

La incapacidad de obrar es entendida como la falta de aptitud legal para ser sujeto de derechos y deberes, o el ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones.

Como la minoridad, es decir, los menores de dieciocho años y los insanos mentales e interdictos son incapaces de obrar, ejercen solo derechos subjetivos y capacidad jurídica a través de sus representantes legales, siendo en primera instancia por derecho natural sus progenitores y sus tutores, entre otros.

Estructura de un memorial según el Art. 439 del Código de Procedimiento Civil en Bolivia

Para muchos profesionales en el área jurídica con anhelo de litigar y ejercer su profesión después de culminar sus estudios u obtener su titulo en la universidad como ABOGADO (Licenciado en Derecho), se le presentan nuevos retos que solo se superaran con nuevos conocimientos y practica en los juzgados donde el hecho de presentar un memorial implica seguir detalladamente una serie de normas y reglas según Ley 439 del Código de Procedimiento Civil al pie de la letra para que este sea presentado ante los Juzgados o Fiscalía.

Para tal motivo, a continuación el procedimiento que se debe cumplir en la elaboración de un memorial, como establece el Art. 69. (MEMORIALES DE LAS PARTES) del Código de procedimiento civil, los memoriales de las partes deben ser redactados en idioma español, por medio técnico o manuscrito y suscrito por las partes y abogados y fácilmente legible.

Con unos márgenes establecidos por la Corte Suprema de Justicia de Bolivia que se presentan a continuación:

Márgenes del memorial

  • Parte superior de 5,5 cm.
  • parte inferior izquierdo de 4.00 cm ,para el cosido del cuaderno con los tres puntos de ley.
  • parte superior derecho de 2.00 cm.
  • en la parte inferior o abajo el margen sera de 2,00 cm.
  • Interlineado y fuente
  • El espacio interlineado sera 1.5. cm.
  • Tamaño de letra Nº 12 a 10, es optativo.
  • El tipo de letra es optativo al gusto del abogado.

Estructura del Memorial

Encabezado del memorial. Se indicara en ellos la autoridad judicial ante el cual se dirige lo solicitado.

Suma. Llevarán en la la parte superior una suma o resumen del petitorio,

Cuerpo de un memorial. Se inserta las generales de ley (Datos personales detallados) del demandante y del demandado, la solicitud de la demanda con toda exactitud. los hechos en que se basara dicha demanda o solicitud expuestos con claridad y precisión, Los fundamentos de derecho en los que se apoya la demanda.

Otras solicitudes en el memorial. Se desarrollarán los OTROSI citamos los siguientes ejemplos:

OTROSI.- (además pido) DE LA SIGUIENTE FORMA:
OTROSI 1RO.- Ordénese al anotación preventiva del bien inmueble, ubicado en la avenida.
OTROSI 2DO.- En calidad de prueba pre-constituida acompaño los siguientes documentos.
Frases del pie del memorial
Sera en estricta Justicia.
Stricti Iuris
Será un acto de estricta justicia

Fecha. A continuación viene la colocación de la fecha.
La paz, 19 de Abril de 2021.
Firmas.- Del abogado y la parte demandante, si la parte no supiera o no pudiera firmar, deberá estampar sus impresiones digitales (Huellas dactilares).

Memorial defectuoso

Cuando la demanda no se ajuste a las reglas establecidas, podrá el juez de oficio ordenar se subsanen los defectos, dentro el plazo prudencial que fije y bajo apercibimiento de que si no se subsanaren se la tendrá por no presentada. Art. 113 (DEMANDA DEFECTUOSA) Código de procedimiento Civil.


CONTRATO DE COMPRA Y VENTA DE INMUEBLE

CONTRATO DE COMPRA Y VENTA DE INMUEBLE CON RECONOCIMIENTO DE PAREDES MEDIANERAS, PERTENECIENTE A VARIOS HEREDEROS, UNO DE LOS TRANSFERENTES REPRESENTADO POR PODER ESPECIAL

SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA

En el registro de contratos y escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de compraventa de propiedad inmueble, al tenor de las siguientes cláusulas:

Primera.- Dirá Ud., que nosotros, J.J., C.I. N°……….., K.K. C.I. N°………. y L.L. C.I N° …………., mayores de edad, de este vecindario, hábiles por derecho, declaramos que juntamente con el señor MM, que actualmente reside en la ciudad de ………….., Estado Plurinacional de …………., somos legítimos propietarios del inmueble situado en ………….. N°…… de esta ciudad, el mismo que lo poseemos en la pro indiviso al haber sido declarados judicialmente herederos forzosos ab-intestado al fallecimiento de nuestro causante Sr. NN, cual consta en la escritura pública respectiva, encontrándose inscrito nuestro derecho propietario definitivamente, en la Oficina de Registro de Derechos Reales, bajo la Partida N°…….., fojas ………. del Libro ………………. en fecha ………. de ……… de 2....

Segunda.- A la fecha, por convenir a nuestros intereses el inmueble de referencia que tiene una extensión superficial de ………. metros cuadrados, con todas sus construcciones e instalaciones, usos, costumbres y servidumbres, y sin limitación alguna, damos, cedemos y transferimos en calidad de venta real y enajenación perpetua en favor de los esposos O.R. y 7. de R., por el precio libremente estipulado de ……………. 00/1 00 BOLIVIANOS (Bs. …………………, valor que manifestamos haber recibido en moneda de curso legal y corriente, de cuyo hecho Ud., señor Notario, hará constar expresamente.

Tercera.- De conformidad al poder especial y suficiente conferido por el Sr. M.M., en favor de la Sra. L.L, autorizándole vender las acciones y derechos que posee en el inmueble de referencia, cual consta en el testimonio original N°……, fojas del Libro de Escrituras, otorgado por ante el Sr. W.W., Cónsul de Bolivia en la ciudad de ………………. Estado Plurinacional de …………………. En fecha ……………. de ………………….. de 2..., y cuya copia debidamente legalizada por el Departamento Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores, formará parte de este contrato, la citada apoderada legal en representación de aquél y, asimismo, por derecho propio interviene en la suscripción de la presente minuta.

Cuarta.- De acuerdo a la escritura original de compraventa, suscrita entre la anterior propietaria Sra. V.V., y el comprador Sr. N.N, causante de los actuales vendedores J.J., K.K., L.L. y M.M., el inmueble de esta transferencia, reconoce: a) como pared medianera, la que separa el cuerpo del inmueble con la casa de …………… b) de la misma manera, como pared medianera, el muro que separa los espacios que se encuentran delante del frente del inmueble, sobre el Pasaje ……………. c) igualmente, como pared medianera, la del patio interior que separa la propiedad materia de la compraventa con la casa de la Sra. ……………..; d) se deja claramente establecido que, la pared del predio que da al lado del terreno situado al Oeste, es, en la misma forma, propiedad del inmueble.

Quinta.- El inmueble materia de la transferencia, tiene los siguientes límites: al Norte, con la propiedad del Sr. ……………. al Sud, con el Pasaje …………….. al Este, con la propiedad de ………………. y, al Oeste, con la propiedad del Sr. ………………….

Sexta.-Aparte de los datos especificados en la cláusula cuarta, el inmueble no soporta gravámenes o hipotecas de otra naturaleza, sin embargo, como vendedores de buena fe, nos comprometemos a las garantías de evicción y saneamiento de ley.

Séptima.- Los compradores, declaran conocer el estado y condiciones en que se encuentra el inmueble motivo de la transferencia.

Octava.- Nosotros, J.J., K.K., y L.L., esta última por sí y en representación del Sr. M.M., como vendedores, por una parte, y nosotros, QL y Z. de R, con cédulas de identidad Nos. …………. y ,respectivamente, mayores de edad, casados entre sí, hábiles por derecho, como compradores, por otra, declaramos nuestra plena conformidad con las cláusulas suscritas en la presente minuta, a la que, por acuerdo de partes, le otorgamos la calidad de documento privado hasta tanto sea perfeccionada la escritura pública respectiva.

Usted, señor Notario, se dignará agregar las cláusulas de seguridad y estilo.

Lugar y fecha.

Fdo……………………… Fdo. …………………….

Fdo. ……………………… Fdo. ……………………..



CONTRATO DE COMPRAVENTA DE OFICINA COMERCIAL BAJO EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE OFICINA COMERCIAL BAJO EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZON¬TAL, CON INTERVENCIÓN DE APODERADO EN FAVOR DE UNO DE LOS COMPRADORES

SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA

En el registro de contratos y escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de compraventa de oficina comercial, al tenor de las siguientes cláusulas:

Primera.- Dirá Ud., que nosotros ………………………C. I…………….. y………….C.I…………, mayores de edad, hábiles por derecho, declaramos ser legítimos propietarios del lote de terreno de ………….. metros cuadrados de extensión superficial, en el que hicimos construir el Edificio actualmente denominado ………………….., situado en ……………………. de esta misma ciudad, señalado con el N°……………… Derecho de propiedad que consta en la escritura pública N°………….. de……………..de ………….de 200…, otorgada por el Notario Público, Sr.…………. e inscrito definitivamente en la Oficina de Registro de DD.RR., bajo la partida computarizada N°…………. en fecha …………. De …………………. de 2…

Segunda.- En el referido inmueble…………………….., existe la Oficina Comercial N°…….que se encuentra situada en el…………… piso ……………….. de metros cuadrados útiles de extensión superficial, con instalación completa de baño, inodoro, lavamanos, puertas, ventanas y cerraduras, así como de instalación eléctrica.

Tercera.- Al presente, por convenir a nuestros intereses, la mencionada Oficina Comercial N°……… de metros cuadrados útiles de extensión superficial que representa el (tantos) por ciento de fracción ideal del terreno, conforme al respectivo plano de situación y que, asimismo, se encuentra comprendido e incluido en los términos suscritos en el presente contrato, damos, cedemos y transferimos en calidad de venta real y enajenación perpetua en favor de los señores……………………………y………………………, este último representado por el señor Dr. …………….. que interviene como su apoderado legal, conforme se establece a través del adjunto poder notarial especial y suficiente N°……. de………..de………… de 200.. conferido por ante el Notario de Fe Pública, señor …………., el mismo que también formará parte de este contrato y será protocolizado en la escritura pública respectiva.

Cuarta.- El valor estipulado de la compraventa es de……….. Dólares Americanos ($us…….), valor que los vendedores declaramos haber recibido a tiempo de suscribir la presente minuta, en moneda de curso legal y corriente, a nuestra plena satisfacción.

Quinta.- Se hace constar expresamente que, al efectuar la transferencia de la ya señalada Oficina Comercial, bajo el régimen de propiedad horizontal, de conformidad a la Resolución N°………de ………………. De ……………. De 200… dictada por la Honorable Alcaldía Municipal de ………………., se otorgan a los compradores los derechos correspondientes a áreas de uso común, de acuerdo a las prescripciones establecidas en la Ley de 30 de diciembre de 1949 y artículos 187 y 188 del Código Civil vigente; por tanto. con derecho a colocar en la fachada o el tablero de rótulos comerciales y profesionales, el cartel respectivo.

Sexta.- La Oficina Comercial materia de esta transferencia es alodial; no soporta gravamen o hipoteca alguna, sin embargo, los vendedores garantizan a los compradores su quieta y pacífica posesión, comprometiéndose a salir, en su caso, a la evicción y saneamiento de ley, en la forma más amplia.

Séptima.- Nosotros, …………………………….. y ……………………….. como vendedores, por una parte y, nosotros ……………..C.I, N° …………………..y, ……………C.I. N°………………como compradores, por otra, mayores de edad, hábiles por derecho, el último en representación legal de señor ……………………….., declaramos nuestra plena conformidad con todas las cláusulas suscritas en la presente minuta, a la que acordamos otorgarle todo el valor de documento privado, mientras sea elevada a escritura pública.

Usted señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo.

Lugar, fecha, mes y ano.

Fdo. ………………………………. Fdo. ………………………..

Fdo. ………………………………. Fdo. ………………………..

Firma y sello de Abogado



CONTRATO DE COMPRAVENTA DE UNA FRACCION DE LOTE DE TERRENO

SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA

En el registro de contratos y escrituras públicas a su cargo, se ha de servir insertar una de compraventa de lote de terreno, de acuerdo a las siguientes cláusulas:

Primera.- Dirá Ud., que nosotros W y X, mayores de edad, domiciliados en la calle………………. N°….. , con cédulas de identidad Nos. ……………………. y, respectivamente, hábiles por derecho, somos legítimos propietarios del lote de terreno con una superficie total de ……….. metros cuadrados, situado en ………….. de la región de ……………………… de la ciudad de …………, el mismo que se halla definitivamente inscrito en la Oficina del Registro de Derechos Reales, bajo la Partida N°……., Fojas … del Libro ………. en fecha ………. de ……….. de 2... de conformidad a la Resolución Judicial dictada por el señor Juez …………… de Partido en lo Civil, en fecha …….. de …………. de 2..., dentro del proceso civil voluntario que seguimos sobre unificación de partidas, encontrándose a la fecha dividido en los lotes uno, dos, tres y cuatro con ……… metros cuadrados; ……….metros cuadrados; …….. metros cuadrados y …….. metros cuadrados, respectivamente, de acuerdo al plano de loteamiento debidamente aprobado por la H. Alcaldía Municipal.

Segunda.- Al presente, por convenir a nuestros intereses, de la totalidad del expresado lote de terreno, hemos resuelto dar, ceder y transferir en calidad de venta real y enajenación perpetua, como en efecto lo hacemos mediante el presente instrumento, el Lote N° ………, con la extensión superficial total de …….. metros cuadrados, en favor de los siguientes esposos: A y B; C y CH; D y E, en la proporción de una tercera parte para cada una de las familias señaladas.

Tercera.- El precio total de la transferencia es por la suma de ……….. ( ……………), valor que lo recibimos antes de la suscripción de esta minuta, en moneda de curso legal y corriente a nuestra plena satisfacción, igualmente, en la proporción de una tercera parte por cada una de las familias nombradas.

Cuarta.- El terreno materia de la transferencia, de acuerdo al plano levantado y aprobado por la H. Alcaldía Municipal y, conforme a su ubicación topográfica, tiene las siguientes colindancias: al Norte, con el terreno de propiedad de …………….. al Sud, con la colina denominada …………….. al Este, con la propiedad de ………………….. y, al Oeste, con ……………… desprendiéndose por consiguiente, como emergencia de esta venta, del dominio y señorío del terreno en favor de los compradores, quienes podrán entrar en posesión judicial o extrajudicial como mejor convenga a sus intereses, sin reserva, exclusión o limitación alguna.

Quinta.- Como vendedores de buena fe, nos obligarnos a la evicción y saneamiento de ley; el terreno no reconoce ni soporta gravamen o hipoteca de ninguna naturaleza, en consecuencia, es alodial; renunciamos al más o menos precio pagado, así como a los términos de rescisión y nulidad, y demás privilegios que nos otorgan las leyes.

Sexta.- Por acuerdo de partes, a la presente minuta, le otorgamos la calidad de documento privado, el mismo que, en cualquier emergencia, previo reconocimiento de firmas y rúbricas, podrá surtir efectos legales de instrumento público.

Séptima.- Nosotros, A. con C.I. N°………, B con C.I.. N° ……… C. con C.I. N°……., CH. con C.I. N°…………, D. con C.I. N°………… y E. con C.I. N°………….., mayores de edad, de este vecindario, hábiles por derecho, declaramos nuestra plena conformidad con las cláusulas estipuladas en el presente contrato de compraventa de terreno. De su parte, los vendedores W y X, otorgan igual conformidad.
Usted señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo.

Lugar y fecha.

Fdo. ………………… Fdo…………………….
Fdo……………………… Fdo………………… Edo…………………..
Fdo…………………… Fdo………………… Edo…………………..



Contrato de constitución de sociedad accidental o de cuentas en participación

Entre el Señor ..., mayor de edad, casado comerciante, domiciliado en la calle_____No., C.I. No. y el señor X.X., mayor de edad, soltero, industrial, domiciliado en al Av. No., C.I. No. conviene en suscribir el presente contrato privado de constitución de sociedad accidental o de cuentas en participación, bajo las siguientes condiciones:

Primera.- Los contratantes , de común acuerdo, han decidido emprender en forma conjunta la apertura y constitución de un negocio que tendrá como finalidad lo siguiente: ..., a cuyo fines actuarán con arreglo al presente contrato, en su reacciones entre sí, en su relaciones con la gestión que emprenden, y en sus relaciones con terceros.

Segunda.- Para la ejecución y cumplimiento de los fines indicados, los contratantes deciden la formación de un fondo común de bienes y de actividades, que se formará con el aporte de (BIENES MUEBLES O DE OTRA ESPECIE) y de_____- oo/100 BOLIVIANOS (Bs.__), por parte de cada uno de ello, así como en cuanto al reciproco aporte de trabajo y labores respectivas.

Tercera.- Respecto de las características y condiciones del aporte de trabajo, locaciones de obra o servicio y contratación de personal administrativo y de obreros, permanentes o temporales se acuerda proceder en la siguiente forma:_:

Cuarta.- Esta sociedad accidental o de cuentas en participación que se organiza y constituye de acuerdo a las prescripciones contenidas en los artículos 365 al 371 del Código de Comercio, operará con el nombre comercial de _, sin perjuicio de que la responsabilidad de los actos que se realicen correrá por cuenta de los suscritos, y será representada y administrada por____________, pudiendo firmar a nombre de la misma____sin perjuicio de la obligación de rendir cuentas entre los socios, cuando cualquiera de ellos así lo requiera en determinado momento.

Quinta.- Dada la índole de las negociaciones que de emprenderán , los contratantes asignan a esta sociedad el carácter del- sin perjuicio de lo cual responderá por ella en el campo que corresponda de acuerdo a las leyes en vigencia.

Sexta.- En principios los negocios sociales serán atendidos en la Av._ No. de esta capital, fijándose allí la sede principal de la Empresa, domicilio que constará en todos los instrumentos ene que interroga y sea parte esta sociedad.

Séptima.- Los gastos que se originen con motivo del presente contrato, los que se deriven de las negociaciones llevadas a efecto de acuerdo a este mismo instrumento, y las eventuales pérdidas que pudieran producirse, serán soportadas en las siguientes proporciones el socio Sr._ el (tantos) por cinto y el socios Sr. el (tantos) por ciento y el socio Sr._____ el tantos) por ciento. Si momentáneamente uno de los socios realizan un aporte superior al revisto según su porcentual, el otro socio le reintegrara la diferencia dentro de las siguientes modalidades y plazos.__-. Para fines contables, las partes contratantes dispondrán que las planillas y documentos privados se lleven a cabo con las normas reglamentarias vigentes para este tipo de actividad.

Octava.- La duración de esta sociedad se convine por (INDICAR EL TIEMPO) y la duración los mandatos de gestión y administración será en la siguiente forma:__:

Sin embargo, ambos aspectos podrán ser modificados, cuando así los socios los determinen por común acuerdo, o cuando circunstancias acusables así lo termine. En caso de discrepancia entre los socios sobre los mismos aspectos, queda acordado que decidirá ______ _____:

Novena.- Para caso de fallecimiento de alguno de los socios se conviene que,_______________________.

En caso de retiro atizado de uno de los socios, previo inventario de bienes existentes y practicado que haya sido el balance correspondiente, el otro estará sujeto al pago u reconocimiento de las acciones y derechos que le corresponde a aquel en la forma siguiente:_______ ___________________.

Décima.- Concluida la sociedad, las ganancias y bines se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción, para el socio el (tantos) por ciento para el socio_______________ el (tantos) por ciento, previo para de los acreedores y rendición de cuentas entre los socios.

Décima-primera.- Para caso de diferencias de apreciación los contratantes se sujetan a _____ y para el caso de contenido judicial, se someten a la jurisdicción de los tribunales de __________.

En constancia y para fiel y estricto cumplimiento las partes interceda si digamos el presente contrato en doble ejemplar de un solo tenor y a un solo efecto, en al ciudad de _ a los días del mes de _ de mil novecientos noventa y __ años.

Fdo.__ Fdo._