Conste por el presente DOCUMENTO DE ACUERDO REGULADOR DE DIVORCIO que suscriben las partes interesadas, el mismo que surte los efectos jurídicos establecidos en el art. 519 del código civil con relación al art. 945 del mismo cuerpo legal, con relación a los arts. 207 y 211 del código de las familias, que a solo reconocimiento de firmas y rubricas surtirá el efecto jurídico del instrumento público, con el tenor de las siguientes clausulas:
PRIMERA. – (LAS PARTES). - Nosotros: nombre CI No de ocupación estudiante mayor de edad y hábil por derecho y nombre CI No mayor de edad hábil por derecho de ocupación estudiante, declaramos que según certificado de matrimonio contrajimos matrimonio civil entre sí, en fecha 21 de diciembre del 2019, registrado en la Oficialía de registro civil Nº COL-3PASFREN, Libro No LIBM-4 partida No 18 folio No 18 del departamento de Santa Cruz, provincia Andrés Ibáñez, localidad Santa Cruz de la Sierra. Dentro de nuestro matrimonio procreamos tres hijos: nombres, ambos menores de edad actualmente.
SEGUNDA.- (ACUERDO REGULADOR OBJETO DEL CONTRATO).- Al presente y por así convenir a sus intereses LAS PARTES CONTRATANTES de su libre y espontánea voluntad, sin que medie vicios de error, dolo NI VIOLENCIA que puedan invalidar el consentimiento aquí expresado y de conformidad al Art. 211 del Código de las Familias y bajo el principio de la paz social y la armonía en que debemos convivir las personas consagradas en los Art. 9 y 10 de la CPE, mediante concesiones reciprocas, más aun cuando se tratan de derechos disponibles de las partes ACUERDAN lo siguiente:
1.- La manifestación de nuestra voluntad de ambos cónyuges sobre divorcio o desvinculación, disolviendo nuestra unión matrimonial.
2.- Se acuerda que la tenencia de nuestros hijos menores de edad nombres quedan en poder de la madre, pudiendo el padre llevarlos a su domicilio todos los fines de semana, o sea los recogerá el sábado a las 8:00am y se los devolverá a la madre a las 7:00pm.
3.- El señor nombre pasará una asistencia familiar por cada hijo de Bs 500.- (QUINIENTOS BOLIVIANOS 00/100) haciendo un total por los tres hijos de Bs 1500.- (UN MIL QUINIENTOS BOLIVIANOS 00/100) de forma mensual a favor de sus hijos nombres, los gastos médicos, vestimenta y material escolar y todo lo que los infantes necesiten será de manera compartida.
4.- Durante nuestro matrimonio adquirimos un bien inmueble comprado en la empresa EL PAHUICHI SRL el cual está ubicado en la Urbanización “LA NUEVA GRAN CIUDAD DEL URUBO ETAPA 2-B” UV 035, Manzano 148, Lote 009 con una superficie de 300.00 m2 y demás características detalladas en el certificado de cancelación total, este lote actualmente se encuentra solo a nombre de nombre con CI, pero se harán las diligencias necesarias ante la empresa vendedora para que en la minuta de transferencia se la incluya a nombre con CI. Firmando ambos la minuta de transferencia y por ende los documentos pertinentes del lote ya mencionado para que salgan a nombre de ambos. Siendo propietario cada uno del 50% del lote de terreno.
5.- También hemos adquirido bienes muebles como ser una heladera, cocina, microondas, lavadora, televisión y un play station (juego de video) los cuales quedaran a favor de nombre.
TERCERA. - Ambas partes en señal de conformidad y aceptación firmamos el presente acuerdo regulador del divorcio o desvinculación, el mismo que tendrá reconocimientos de firmas ante notario de fe pública con las formalidades legales consiguientes. Pudiendo cualquiera de las partes solicitar su homologación.
Lugar y fecha
Nombres y apellidos